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Irma Pineda Santiago propone iniciativa de reforma para que municipios de Oaxaca colaboren con la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas

Irma Pineda Santiago propone iniciativa de reforma para que municipios de Oaxaca colaboren con la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas

– En Oaxaca, el índice Paz México, elaborado por el Instituto para la Economía y la Paz registra que “en los últimos 15 años 3 mil 938 personas han sido reportadas como desaparecidas en Oaxaca, de las cuales el 13.6 por ciento no han sido localizadas”

La diputada dijo en su participación en el Congreso del Estado de Oaxaca:

“La desaparición de personas es una de las más dolorosas problemáticas que enfrenta nuestro país. En este sentido debemos entender la desaparición de personas como una grave violación a los derechos humanos que afecta profundamente a las víctimas directas, a sus familias, y a la sociedad en su conjunto.

En México, y particularmente en Oaxaca, este fenómeno ha tenido un incremento preocupante en los últimos años. Las causas son múltiples y complejas: desde la violencia asociada al crimen organizado, a los conflictos sociales, a la trata de personas, hasta desapariciones forzadas y otras formas de violencia institucional.

En Oaxaca, el índice Paz México, elaborado por el Instituto para la Economía y la Paz registra que “en los últimos 15 años 3 mil 938 personas han sido reportadas como desaparecidas en Oaxaca, de las cuales el 13.6 por ciento no han sido localizadas” .

Es importante señalar que las cifras pueden variar según la fuente. Por ejemplo, no son los mismos datos de la Fiscalía y la Comisión Estatal de Búsqueda que los de la Red Lupa, un observatorio del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, señala un número diferente de casos y tendencias de desaparición en Oaxaca. También existen registros independientes, como los de Consorcio Oaxaca, que ofrecen información adicional sobre la desaparición de mujeres.

Es importante señalar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 1º que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Asimismo, el artículo 115 reconoce la autonomía de los municipios, pero también les impone responsabilidades en la atención de los asuntos públicos que afectan directamente a su población, de ahí que la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas así como la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el estado de Oaxaca, establezcan un marco normativo integral para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, previendo la participación de los tres órdenes de gobierno y de diversas instituciones especializadas, como las Comisiones Estatales de Búsqueda.

En este sentido, la Ley General y la Ley Estatal en la materia establecen la obligación de las autoridades de los tres órdenes de gobierno de coordinarse de manera eficaz y que las autoridades estatales y municipales deberán prestar auxilio y colaboración a las autoridades competentes para cumplir con los objetivos de la ley.

Pese a ello, en la práctica, los municipios muchas veces desconocen o se niegan a acatar esta obligación explícita para colaborar activamente con la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas de Oaxaca. Esto ha generado vacíos normativos y operativos que obstaculizan las acciones urgentes que requieren los casos de desaparición.

Por ello, es fundamental fortalecer el papel de los municipios como primeros respondientes y como entidades clave para la implementación territorial de las acciones de búsqueda. De ahí que la presente iniciativa tiene como finalidad reformar la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca para que se establezca, de manera expresa, la obligación de estos de coadyuvar con la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas y demás autoridades competentes en la implementación de las acciones, medidas y procedimientos previstos en la legislación nacional y estatal en materia de desaparición, búsqueda y localización de personas.”

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